
El Grupo ha recibido notificación de la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instacia nº1 de Gijón de fecha 02 de noviembre 2017, resolviendo el procedimiento seguido por nuestra Entidad contra San Bernardo 53 S.L. (anterior arrendatario de los servicios de hostelería).
La Sentencia declara resuelto el contrato de explotación de la cafetería por impago, al igual que la pérdida de San Bernardo 53 S.L. del derecho de tanteo y retracto respecto a la nueva contratación de los servicios. Igualmente la Sentencia desestima el derecho de San Bernardo 53 S.L. a ser indemnizado por las inversiones, obras, mejora y modificaciones, o por el lucro cesante derivado de la extinción anticipada del contrato.
La Sentencia también resulta favorable a los intereses del Grupo en el reconocimiento de deuda de San Bernardo 53 S.L., en cuanto condena a dicha empresa a abonar al Grupo la cantidad de 20.630,98€ más los intereses legales desde la fecha de la demanda hasta su efectivo abono.