
Tras la publicación ayer, 23 de octubre de 2020, en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de la Resolución de la Consejería de Salud y más concretamente en su Anexo, que establece:
Modificación de las medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establecidas por la Resolución del Consejero de Salud de 14 de octubre de 2020.
El anexo de la Resolución del Consejero de Salud de 14 de octubre de 2020, de medidas urgentes de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, queda modificado como sigue, en su apartado tres:
Que se modifica el sub-apartado 4 dentro del apartado 8.1 Condiciones para el desarrollo de actividades en instalaciones deportivas del capítulo VIII, sobre actividades e instalaciones deportivas, con la siguiente redacción:
“8.1.4. Queda prohibido el uso de las duchas salvo que estas sean individuales y se cuente con un sistema que permita la renovación de aire en este espacio.
Está permitido el uso de los vestuarios siempre que se garantice cinco metros cuadrados para cada persona que haga uso de ellos. En cualquier caso, se deberá disponer de un sistema que permita la renovación de aire en este espacio. El uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento”.
Es por ello que desde la dirección del Club se aclaran los siguientes puntos:
- ESTÁ PERMITIDO EL USO DE VESTUARIOS Y DUCHAS.
- SE ADAPTAN LOS AFOROS DE DICHOS VESTUARIOS PARA CUMPLIR CON LA NORMA QUE ESTABLECE DISPONER DE 5M2 POR USUARIO.
- EL USO DE MASCARILLA ES OBLIGATORIO, EN TODO MOMENTO.
Se ruega que los socios, en cumplimiento de la normativa vigente, sigan las indicaciones y reduzcan el tiempo de estancia en vestuarios al mínimo imprescindible.
Lo que se notifica para su conocimiento en Gijón a 24 de octubre de 2020.
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